Decisión
El Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: 1.- Declara con lugar la aprehensión en flagrancia del imputado JOSÉ TEODORO GONZÁLEZ UZCÁTEGUI (identificado en autos) en relación a los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, según las previsiones de los artículos 5 y 6, numerales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores y LESIONES PERSONALES LEVES, previsto en el artículo 416 del Código Penal; 2.- Ordena la aplicación del procedimiento abreviado en la presente causa, para lo cual se acuerda remitir el presente legajo al Tribunal de Juicio competente, una vez firme lo antes resuelto; 3.- Impone medida de privación judicial preventiva de la libertad al ciudadano JOSÉ TEODORO GONZÁLEZ UZCÁTEGUI (identificado en autos), medida que será cumplida en el Internado Judicial Los Andes; 4.- Ordena devolver al ciudadano LUIS ALFONSO SANTIAGO SANTI.....