Se dio por recibido escrito y sus recaudos anexos, contentivo del recurso de amparo constitucional interpuesto por por el ciudadano HILARIO BEUSES OLIVARES contra omisión del abogado JUAN CARLOS GUEVARA, Juez del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, formándose el expediente, dándosele entrada bajo el N° 03076 y el curso de ley.