DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, la solicitud de Divorcio Por Mutuo Consentimiento formulada y consecuencialmente declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos: JOSÉ LENIN LOZANO SALAS y JUDITH JACKELINE MONSALVE MOLINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 12.779.001 y V.- 12.355.029 respectivamente, el primero albañil y domiciliado en la Urbanización Santa Eduviges, Calle 2, Casa Nº 55, Mucuchíes del Municipio Rangel; la segunda ama de casa, con domicilio en el Sector Las Cruces, Calle San José, Casa Nº 11, Jurisdicción .....