Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales, incoada por la ciudadana CARMEN MARLEY JEREZ LANDAZABAL, contra la Sociedad Mercantil AUTOFINANCIAMIENTO PROKOMPRA SOCIEDAD ANÓNIMA, ambas partes identificadas en autos.
SEGUNDO: Se condena a la Sociedad Mercantil AUTOFINANCIAMIENTO PROKOMPRA SOCIEDAD ANÓNIMA, a pagar a la ciudadana CARMEN MARLEY JEREZ LANDAZABAL la cantidad de UN MILLON DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS BOLIVARES CON VEINTICUATRO CENTIMOS (Bs. 1.222.856,24)
TERCERO: Se ordena la corrección monetaria la cual deberá ser calculada desde el decreto de ejecución, en caso que el demandado no cumpl.....