Resulta evidente que el caso bajo análisis está referido al reconocimiento o solicitud extralitem por Jurisdicción Voluntaria, y no como resultado de un litigio principal o incidencia que pueda producirse en el mismo. En consecuencia, este Tribunal observó que la ciudadana RAMOS DEL CARMEN RAMIREZ, anteriormente identificada en autos, y a quien se le requirió el reconocimiento del instrumento privado, estando debidamente citada tal y como consta en la boleta de citación hecha a su nombre, la cual corre inserta en la solicitud al folio (11) SE PRESENTÓ personalmente el día quince (14) de Julio del año 2022, dentro de las horas establecidas en la tablilla del Tribunal y a su vez RECONOCIÓ EL DOCUMENTO PRIVADO, DE FECHA CATORCE (20) DE Junio DEL AÑO 2022, tal y como se observa en el acta levantada inserta en la solicitud al folio (12).-
Este Tribunal, visto y analizado las actas y autos que conforman la presente solicitud, y en virtud de que en ninguna de las etapas del proceso, hubo al.....