Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: Primero: En primer lugar, es necesario analizar lo referente a la precalificación jurídica, así, tomando en consideración los hechos narrados por la victima y lo concluido en el Reconocimiento Médico Legal Nº 9700-249-MF-1078 de fecha 17-08-2013, en el que se hace constar que la ciudadana Leonor García Contreras, presentó lesiones que ameritaron asistencia médica y que deberán sanar en un lapso de seis (06) días, se constata que efectivamente en el caso de marras nos encontramos ante el tipo penal de Violencia Física, previsto en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y sancionado en Ley Orgánica p.....