Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por prestaciones sociales y otros conceptos, interpuso el ciudadano: LUIS ADOLFO BLANCO, contra el ciudadano: ILDEMARO PEÑALOZA MEDINA en su carácter de propietario de la PANADERIA SAN JUAN DE COLON, ambas partes debidamente identificadas en autos. Condenándose a ésta ultima al pago de la cantidad de Bolívares CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO BOLIVARES CON VEINTICUATRO CENTIMOS. (Bs. 5.256.628,24), por concepto de antigüedad artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, intereses por fideicomiso, por concepto de Vacaciones Fraccionadas, artículo 225 de la Ley Orgánica del Trabajo. Utilidades o Bono de fin de Añ.....