Decisión: Con fuerza en la motivación precedente, este Juzgado de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, a tenor de lo dispuesto en los artículos 250 y 262, ordinales 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal, revoca la medida cautelar sustitutiva decretada a favor del imputado Edgar Marquina Márquez, venezolano, natural de Mérida, nacido en fecha 05-06-68, de 38 años, titular de la cédula de identidad N° 9.929.510, hijo de Jesús Marquina (F) y Josefina Márquez (F), domiciliado en Pozo Hondo, casa de Tapia S/N, cerca de la capilla de Pozo Hondo, antes del trapiche, calle principal, Ejido Mérida, por el Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, y en su lugar decreta la privación judicial preventiva de libertad.
Líbrese boleta de notificación a las partes, informándole del contenido de la presente decisión. Ofíciese .....