se ordena la ejecución forzosa de conformidad con lo establecido en el artículo 528 del Código de Procedimiento Civil
y para ello se ordena librar el correspondiente MANDAMIENTO DE EJECUCION al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida (Distribuidor) . En consecuencia, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la Ejecución Forzosa. En consecuencia, se ordena al ciudadano JORGE ARBEY VALENCIA OSPINA, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 23.226.130, hacer entrega material e inmediata a la parte actora, ciudadana OFELIA INES PAREDES PAREDES, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.030.022, o a su Apoderado Judicial Abogado Luis José Silva Saldate, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 42.306, el inmueble identificado como la parte alta de una casa para habitación familiar, ubicada en la Urbanización El Bosque, Secto.....