Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de JAIRO JOSE CASTILLO ROMERO, colombiano, titular de la cédula de identidad Nº E-.84.043.245, de 56 años de edad, natural de Los Carretos, Departamento de Córdoba, soltero, obrero, fecha de nacimiento:20/05/1955, residenciado en el Barrio El Carmen, calle 01, casa S/N, adyacente a la Licorería La Loma, El Vigía, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA previsto y sancionado en el artículo 39 en concordancia con el artículo 15 numeral 1 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, en perjuicio de GLADYS RAMONA SANCHEZ PERNIA, datos reservados. Not.....