declara la nulidad del auto de admisión de la demanda, así como los actos subsiguientes al mismo y, consecuencialmente, ordena la reposición de la causa al estado de que la parte actora reformule la acción propuesta y realice la tramitación de la misma por el Procedimiento Ordinario Agrario en el juicio de cobro de bolívares por el procedimiento de intimación, para lo cual se ordena su notificación. Así se decide.