Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control No. 01 de conformidad con el artículo 578.a de la ley Orgánica para la Protección de Niño y del Adolescente en concordancia con el articulo 318.4 del Código Orgánico Procesal Penal en Nombre de la República por Autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: ANULA la referida acta policial (folio 2) y las actuaciones cursante a los folios (11, 12, 13,14); en tal sentido, rechaza la acusación presentada por la fiscal del Ministerio Público. SEGUNDO: DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con el artículo 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el artículo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal a favor del adolescente mencionado, cuyo inicio de la investigación es por la presunta comisión por el delito de ROBO AGRAVADO previsto en el artículo 458 del Código Penal. El tribunal no se pronuncia con respecto.....