Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01, del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Primero: Se comparte la precalificación jurídica dada por la Representación Fiscal, en cuanto al delito de ocultamiento de arma de fuego y municiones, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, concatenado con el artículo 09 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, cometido en perjuicio del Orden Público y se advierte que este juzgador precalifica por el delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas o Químicos para su Elaboración en la Modalidad de Ocultamiento Agravado, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sus.....