DISPOSITIVA
Este Tribunal en Funciones de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA:
1.- De conformidad con el artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, revocar la medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad, acordada al imputado JUAN GABRIEL AREVALO TORRADO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 20.847.638, 18 años de edad, tercer grado de educación primaria, de oficio obrero, hijo de Ludio Antonio Arévalo (v) y de Adelina Torrado (f), domiciliado al final de la avenida 16, Urbanización Bubuqui III, cruzando el puente en el auto lavado "El Brillante", casa de dos pisos, en la planta baja, El Vigía Estado Mérida, teléfono N° 0275-8815043; en fecha 16 de enero de 2008.
2.- Se ordena librar las correspondientes órdenes de aprehensión, mediante oficio, a los diferentes organismos policiales y de seguridad.
3.- U.....