DECISION
Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en esta ciudad de Tovar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la conversión en divorcio de la separación de cuerpos y de bienes, suscrita por los ciudadanos JOSE REINALDO PARRA MOLINA y ANA VICTORIA RIVERA SANCHEZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-8.087.804 y V-10.904.461. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que existía entre los prenombrados cónyuges, según el matrimonio Civil contraído por ante Oficina de Registro Civil del Municipio Rivas Dávila del Estado Mérida, con sede en Bailadores, el día Veintiséis (26) de Marzo de Dos Mil Diez bajo el Nº 05. Así se decide. Se ordena oficiar a los organismos respectivos anexándole copias certificadas de la de la presente sentencia.
PUBLÍQUESE REGI.....