DISPOSITIVA
En consecuencia este tribunal en Nombre de la República por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: a) Se declara con lugar la solicitud de calificación de aprehensión por flagrancia. Cuyo hecho fue precalificado por los delitos de POSESION DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES SICOTROPICAS tipificado en el artículo 153 LEY ORGANICA DE DROGA, en contra del adolescente mencionado, sancionado en el artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. b) Decreta medida cautelar No privativa de libertad de conformidad con el artículo 582 letras "c" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en virtud de los razonamientos antes señalados. Se ordena la apertura de actuaciones complementarias para el seguimiento de la medida Cautelar. c) Se acuerda el procedimiento ORDINARIO, remítase las actuaciones a la fiscalía décima segunda del Ministerio Público a los fines de que continúe la investigación. Las Partes quedaron notificada.....