SEGUNDO: se declara SIN LUGAR la recusación propuesta en fecha tres (03) de febrero del dos mil veinticinco (2025), por el ciudadano ALBERTO JOSÉ FEBRES CORDERO CRIOLLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.516.703, debidamente asistido por el ciudadano abogado JOSÉ ARCADIO HERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-18.376.464, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 241.516, contra la Jueza Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida con sede en la ciudad de El Vigía Abg. Carmen C. Flores de Montoya. Y así se decide. -