declara SIN LUGAR la impugnación hecha por la parte demandada Sociedad Mercantil ESPECIALIDADES MÉDICO QUIRÚRGICAS NUEVA BOLIVIA, C. A., contra el avalúo realizado por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio César Salas de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de los bienes propiedad de la demandada, embargados en fecha 11 de agosto de 2003, en el juicio que en contra de la impugnante sigue la firma personal denominada FARMACIA SAN LÁZARO, de JURAIMA MARISELA CONTRERAS, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 25 de agosto de 1998, con el Nro. 94, Tomo B-6.
Como consecuencia de la anterior declaratoria, queda FIRME el avalúo realizado por el comisionado Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio César Salas de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con la asesoría del práctico RAFAEL ÁNGEL MÁRQUEZ ROJAS, .....