PARTE DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la querella interdictal restitutoria por despojo de la posesión, intentada por la querellante ciudadana RAFAELA RODRÍGUEZ DE PARRA, en contra de la querellada ciudadana MARÍA ALCIRA ROJAS.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento este Tribunal SUSPENDE LA MEDIDA DE SECUESTRO decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 2 de junio de 2.008, y practicada por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 5 de agosto de 2.008.
TERCERO: Se condena en costas a la parte querellante de conformidad con el artículo 708 del Código de Procedimiento Civil, en concordanc.....