En consecuencia, éste Juzgado, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley acuerda AMPLIAR a favor del penado JESUS OMAR TORO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.798.538, traslado por treinta (30) días, contados desde el 20/04/018 al 20/05/2018, instando que dicho traslado debe efectuarse CON LAS SEGURIDADES DEL CASO, al departamento de odontología del Instituto Autónomo del Hospital Universitario de los Andes, por cuanto presenta fuerte dolor de muelas. Cúmplase.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN
ABG. YEGNIN TORRES ROSARIO
EL SECRETARIO;
ABG. LUIS ANTONIO ARAUJO
Se libraron oficios Nº______________________ y de traslado Nº______________ conste Srio.-