En el caso en comento la parte actora no aporto pruebas suficientes, que demostrara en modo alguno el cumplimiento de los requisitos de procedencia de la mediada peticionada, y por tanto, el Contrato de Arrendamiento de carácter privado del Inmueble objeto de la controversia, y que fuè presentado en original al expediente, y el documento de la adquisicion de dicho inmueble presentado en copia simple, los cuales rielan a los folios del siete (07) al diez (10) y sus vueltos e insertos conjuntamente con el libelo de la demanda, no son elementos probatorios suficientes para decretar la medida preventiva solicitada; en razón de ello, quién Juzga ordena a la parte actora, ampliar las pruebas aportadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 601 supra señalado por cuanto el demandante no demuestra el riesgo manifiesto o daño que puede seguir por tardanza en la tramitación del juicio o de que quede ilusoria la ejecución del fallo. Por tal razón, resulta forzoso concluir que .....