Este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA consumada dicha separación de cuerpos por mutuo consentimiento, suspendida entre ellos la vida en común. Expídase por Secretaria dos (2) juegos de copias fotostáticas certificadas del escrito y del presente auto para ser entregadas a las partes.