en consecuencia, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la presente causa A FAVOR del Ciudadano JOSE GREGORIO QUINTERO OMAÑA, venezolano, titular de la cédula de identidad N°-13.281-983, domiciliado en el Barrio 12 de Octubre, avenida 07 con calle 15, casa N°-14-50, El Vigía Estado Mérida, de conformidad con lo establecido en los Artículos 318 ordinal 3° y 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el Artículo 108 ordinal 4° del Código Penal. En contra del Ciudadano MARQUAN AMIN EL AISSAMIN EL MUSFI, venezolano, titular de la cédula de identidad N°-9.199.737, domiciliado en El Barrio El Carmen, calle 03, casa N°-12-41, El Vigía, Estado Mérida. Se fundamenta la presente decisión en los Artículos anteriormente men.....