Dispositiva:
Por lo anteriormente señalado este Tribunal de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 479 numeral 2, 482 y 484 del Código Orgánico Procesal Penal en armonía con los artículos 88 y 97 del Código Penal, acuerda acumular la causa LP01-P-2006-002057, seguida al penado Jesús Manuel Paredes Dávila, a las presentes actuaciones y actualiza el cómputo de pena correspondiente.
Asimismo, se acuerda ejecutar el auto dictado en esta misma fecha, en la causa signada con el N° LP01-P-2006-002057, es decir, acumular materialmente dicha causa (la cual está conformada por 1 pieza y 116 folios útiles), a la segunda pieza de estas actuaciones, así como también acumular ambas por medio del sistema Juris 2000. Corríjase foliatura. Notifíquese a las partes y al penado de la presente decisión. Remítase copias certificadas de la presente de.....