El Tribunal aceptó la declinatoria de competencia por razón de la materia para seguir conociendo y decidir la presente causa, efectuada mediante decisión de fecha 23 de junio de 2011, por el Juzgado de los Municipios Rivas Dávila y Padre Noguera de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, y, en consecuencia, se avoca al conocimiento del proceso.