Por las razones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, con sede en la Ciudad de Tovar, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: la rectificación del acta de matrimonio de los ciudadanos "HORACIO VELAZCO Y MARIA JOSE MARQUEZ", expedida por la Oficina o Unidad de Registro Civil Municipal de Zea, Municipio Zea del Estado Mérida, bajo el N° 5 de fecha 21 de Octubre de 1.887 en cuanto al nombre del contrayente que aparece como "HORACIO VELAZCO" siendo lo correcto "AMADDIO TARQUINIO ORAZIO VELASCO POLIDORI", y en cuanto a los nombres de los padres del contrayente que aparecen como "JOSE VELAZCO Y ANA MARIA POLIDORI" siendo lo correcto "GIUSEPPE VELASCO Y ANNA MARIA POLIDORI". SEGUNDO: La rectificación del acta de defunción de HORACIO VELASC.....