Decisión
Por todo lo expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara
PRIMERO: Con lugar la aprehensión en situación de flagrancia de los ciudadanos Yosman Enrique Torres Arias y José Erick Semprun Peña, por considerar que están llenos los supuestos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal
SEGUNDO: Precalifica el delito de Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 218.1 del Código Penal Venezolano.
TERCERO: Acuerda la aplicación del procedimiento abreviado de conformidad con los artículos 372.1 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena remitir el expediente al Tribunal de Juicio que corresponda conocer por distribución, en el lapso legar correspondiente.
CUARTO: Impone medida cautelar sustitutiva de privación de libertad, de conformidad con el ar.....