Por los razonamientos expuestos, esa Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada por el Abogado Ernesto José Castillo Soto, Juez Titular de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de conocer del Recurso de Apelación de auto signado bajo el número LP01-R-2010-000157. donde funge como imputado el ciudadano: WILLY ALEXANDER CAMACHO BARRIOS, conforme a la causal prevista en el artículo 86 ordinal 8°, en concordancia con el artículo 87, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Cópiese, publíquese, compúlsese convóquese al suplente respectivo. Cúmplase.
JUEZ DE LA CORTE DE APELACIONES,
DR. GENARINO BUITRIAGO ALVARADO
PRESIDENTE
LA SECRETARIA,
ABG. YEGNIN TORRES ROSARIO