El acusado terminará de cumplir la pena el día 10 de Agosto del año 2033 menos el tiempo que han estado detenido por esta causa.
Se condena al acusado de autos a cumplir la pena accesoria prevista en el artículo 16 del Código Penal, como es la inhabilitación política mientras dure la pena, más no se le aplica la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad por un a quinta parte del tiempo de la pena terminada ésta, ya que ésta fue desaplicada mediante sentencia dictada por la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
No se condena en costas en virtud del artículo 26 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela.
Se mantiene la medida privativa de libertad a la cual se encuentra sujeto el acusado hasta tanto el Tribunal de Ejecución decida lo conducente.
Una vez firme la presente decisión se ordena remitir copia certificada de la sentencia a los siguientes organismos: Dirección de Antecedentes Penales del Ministerio de Int.....