Este Tribunal en cumplimiento a comisión conferida por el Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se trasladó y constituyó en el sitio indicado por la parte actora; para dar cumplimiento a lo ordenado en el cuaderno de Embargo Provisional. CONCLUSIÓN: Por cuanto se llego a un convenimiento entre las partes a través de la firma de una nueva letra de cambio por la cantidad de cinco millones doscientos cincuenta mil bolívares (Bs. 5. 250.000), este Tribunal visto el convenimiento realizado entre las partes se abstiene de ejecutar la medida y acuerda cumplida como ha sido la presente comisión devolverla al comitente, dejando en su lugar copia fotostática certificada de todas las actuaciones para el archivo del Tribunal.