siendo las doce y veinte minutos del mediodía, habiendo salido el Tribunal de su sede a las doce y quince minutos del mediodía, se trasladó y constituyó previa solicitud de la parte actora, en la avenida 2 Lora, con calle 26, anexo al Edificio Ideal, N° 25-98, esquina viaducto Campo Elías, frente al local Comercial, Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, con la finalidad de dar cumplimiento a la práctica de la medida de Secuestro decretada por el Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, el Tribunal dio cumplimiento a la practica de la medida de secuestro, y de conformidad con el ordinal 7mo del artículo 599 del Código de Procedimiento Civil deposito el inmueble en la persona de su propietaria Empresa Mercantil Grupo JAPA C.A, representada por su Apoderado Judicial Luis José Silva Saldate, quien lo recibió totalmente desocupado de personas y cosas CONCLUSIÓN esta comisión es devuelta cumplid.....