En este estado, oídas las exposiciones formuladas por la tercera interviniente, debidamente asistida de abogado, y la aceptación de la parte ejecutante; este Juzgado Ejecutor de Medidas de conformidad con lo solicitado por el abogado LUIS OMAR GARCÍA, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte ejecutante, acuerda SUSPENDER temporalmente la ejecución de la Medida de Embargo Preventivo decretada por el Juzgado de la Causa, y en consecuencia ordena mantener original de las presentes actuaciones en el Tribunal hasta tanto lo solicite la parte interesada.-