En consideración de los argumentos que antecede este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en Tovar, DECLARA SIN LUGAR, por haber caducado, la acción incoada por la ciudadana BRUNA CHACON DE FILIAGGI, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 1.705.011, domiciliada en la ciudad de Tovar del estado Mérida y hábil, a través de su apoderado judicial abogado Eli Saúl Chuecos Lara, inscrito en el IPSA bajo el Nº 100.314, por Nulidad de Contrato de Compra Venta con Pacto de Retracto, realizado según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Tovar, en fecha 30 de noviembre de 1998 bajo el Nº 240, Tomo V, Protocolo 1º, contra el ciudadano YSNARDO GUILLÉN PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 4.469.362, domiciliado en la ciudad de Tovar del estado Mérida y civilmente hábil, asistido por el abogado.....