Este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en consecuencia; téngase como Únicos y Universales Herederos de la causante IRLANDA MARÍA MÁRQUEZ DE NIETO (+), quien en vida, era venezolana, mayor de edad, títular de la cédula de Identidad N° V- 8.019.969, a a los ciudadanos ANTONIO RAMÓN NIETO GAVIDIA, venezolano, mayor de edad, títular de la cédula de Identidad Nº V-4.486.206, por ser legítimo esposo de la causante y a sus hijos los ciudadanos FABIAN ANTONIO NIETO MÁRQUEZ, venezolano, mayor de edad, títular de la cédula de identidad Nº V-19.751.591, según Acta de nacimiento Nº 510, de fecha 26 de octubre de 1989, emitida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Matriz del .....