Este Tribunal en cumplimiento al Embargo Ejecutivo conferido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se trasladó y constituyó en la sede del Banco Provincial, y visto la información suministrada por el Supervisor de Cuentas, se embargo la cantidad de Un millón trescientos mil trescientos setenta y un bolívares con cuarenta y tres céntimos (Bs. 1.300.371,43) que se encuentran depositados en la Cuenta Corriente N° 0108-0372-10-0900000018 a nombre del demandado de autos Fernando Roa y de conformidad con el artículo 536 del Código de Procedimiento Civil se declaró consumada la desposesión jurídica del ejecutado e instó al notificado emitiera un cheque de gerencia a nombre del Tribunal de la causa. Se nombró como Depositario Judicial al Banco de Fomento Regional Los Andes (Banfoandes), por cuanto el monto embargado no cubre la totalidad decretada, el demandante de autos asistido por la.....