L A D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SUCRE Y ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185 del Código Civil Vigente, las sentencias Nros 446/2014 y 693/2015 de fechas 15/05/2014 y 02/06/2015, en concordancia con la Jurisprudencia vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 18/12/15, expediente Nº 15-1085 de la MAGISTRADA PONENTE Carmen Zuleta de Merchán y el articulo 8 numeral 8 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal que establece: "Declarar, sin procedimiento previo y en presencia de la pareja, el divorcio o la disolución de las uniones estables de h.....