PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de califica¬ción de despido interpuesta el 09 de octubre de 2000, ante el entonces Juzgado de Primera Instancia del Tránsito, del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, por el ciudadano HÉCTOR ENRIQUE RÍOS TARRAS, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO ALBERTO ADRIANI DEL ESTADO MÉRIDA, ambos anteriormente identifica¬dos en la presente decisión.
SEGUNDO: Se ordena la reincorporación del trabajador HÉCTOR ENRIQUE RÍOS TARRAS a su cargo de obrero chofer del servicio de aseo urbano domiciliario de dicho ente municipal en las mismas condiciones que imperaban para el momento del despido injustificado.
TERCERO: Se ordena el pago de los salarios caídos dejados de percibir por el trabajador en el transcurso del presente procedimiento, desde la fecha de la contestación a la demanda, vale decir, 11 de octubre de 2001, en virtud del retardo injustificado en la practica de la citación de la demandada, hasta la fecha que conste .....