Este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LACIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 185 y 189 del Código Civil, en concordancia con los artículos 762 del Código de Procedimiento Civil, declara la conversión de la separación de cuerpos y de bienes existente entre los cónyuges ciudadanos NICOL VANESA GUTIERREZ DURAN y LENIN GREGORY DAVILA BARRETO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cédula de identidad No. 18.011.814 y 16.742.496, respectivamente, domiciliados en El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida; declarada por este Tribunal según acta de fecha 24 de febrero de 2012, en divorcio, y la separación del bien especificado en la forma convenida y adjudicado, contenido en el texto de la presente sentencia.
Como consecuencia,.....