En mérito de lo antes dicho, este TRIBUNAL EN FUNCIONES DE JUICIO N° 01 DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide: PRIMERO: Niega la sustitución de la medida de privación de libertad que actualmente cumple el imputado ÁNGELO NAZARENO TOMMASI FIGUERA, venezolano, soltero, nacido en fecha seis de abril de mil novecientos noventa y uno (06.04.1991), de veintidós (22) años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 20.851.860, albañil, hijo de María Figuera y Reni Tommasi, domiciliado en la urbanización Don Perucho, La Vega San Antonio, casa s/n, Ejido estado Mérida, conforme a los artículos 236, 237 y 250 del Código Orgánico Procesal Penal, impuesta en fecha 16-09-2013. SEGUNDO: Notifíquese a las partes. Cúmplase.