Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 21/05/2007

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio Cesar Salas
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 99-231 N° Sentencia : 20-2007 Fecha: 21/05/2007
Procedimiento:
Indemnización De Enfermedad Profesional
Partes:
LUIS ENRIQUE SALAZAR Y LACTEOS LOS ANDES C.A.
Resumen:
en virtud del principio protector in dubio pro operario, se fija la cantidad de TRES MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES BOLIVARES (Bs.3.675.563), por ser este monto, entre los dos informes, el más beneficio para el trabajador, para ser cancelada por la empresa LACTEOS LOS ANDES C.A, al ciudadano: LUIS ENRIQUE SALAZAR, plenamente identificados ambos en autos.
Juez/Ponente:
Mirelis Moreno
Organo:
Juzgado de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio Cesar Salas
arriba

N° Expediente : 2007-570 N° Sentencia : 21-2007 Fecha: 21/05/2007
Procedimiento:
Cuestiones Previas
Partes:
GIULIANA DEL PILAR GIURIA CHOURIO/CARLOS ENRIQUE GARCÍA CAMACARO
Resumen:
Por las razones antes expuesta este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA procedente las cuestiones previas del ordinal 6 del artìculo 346 ejusdem, por haberse hecho una acumulación prohibida de pretensiones y no contener el libelo de demanda los requisitos que indica el artìculo 340 del Código de Procedimiento Civil, específicamente lo contemplado en su ordinal 7. En consecuencia de conformidad a lo previsto en los artículos 352 y 354 ejusdem, se ordena a la parte demandante subsanar dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes al de hoy, según lo consagrado en el artìculo 350 del Código de Procedimiento Civil, las cuestiones previas contempladas en el ordinal 6 del artìculo 346 del Código de Procedimiento Civil.
Juez/Ponente:
Mirelis Moreno
Organo:
Juzgado de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio Cesar Salas
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados