PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA EMBARGO EJECUTIVO, solicitada por la parte actora en la presente causa, sobre bienes muebles pertenecientes a la parte demandada ciudadano ALEX KARIN PULIDO GUERRERO, hasta por la cantidad de SEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO DOLARES AMERICANOS CON SESENTA CENTAVOS DE DOLAR ($ 6.898,60), que comprende el doble de la cantidad demandada, monto que convertido en bolívares para el momento de la interposición de la demanda, al cambio oficial de 64,48 Bs., arroja la cantidad de CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTIUN BOLIVARES CON SETENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 444.821,72), más la cantidad de CINCUENTA Y SIETE DOLARES AMERICANOS CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS DE DOLAR ($ 57,34) o su equivalente en bolívares la cantidad de TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE BOLIVARES CON VEINTIOCHO CENTIMOS (Bs. 3.697,28), a la tasa del Banco Central de Venezuela (64,48), por concepto de intereses, más la cantidad de UN MIL CINCUENTA Y UN DOLARES AMERICANOS CON .....