Decisión
Por todo lo expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la aprehensión en flagrancia del ciudadano YOHAN MANUEL QUINTERO MEZA por considerar que se dan los supuestos del articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, esto es que fue aprehendido a poco de haber cometido el delito y comparte los objetos que le fueron robados a la victima José Manuel Dávila.
SEGUNDO: Precalifica el delito de ROBO AGRAVADO previsto en el articulo 458 del Código Penal.
TERCERO: Acuerda la aplicación del procedimiento Abreviado y se ordena remitir la presente causa al tribunal de Juicio que corresponda a los fines pertinentes de ley.
CUARTO: Medida Privativa de libertad al ciudadano YOHAN MANUEL QUINTERO MEZA por considerar que existe peligro de fuga y de obstaculización, por cuanto la pena que se l.....