Este Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en cumplimiento de la Comisión conferida, por el Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se trasladó y constituyó, para practicar la medida de Secuestro, desde las 9:20 a.m, en el sitio indicado en la acta, y visto el pedimento hecho por la parte actora y en cumplimiento de la comisión conferida, declaró formal y solemnemente Secuestrado los dos (02) locales comerciales signados suficientemente identificados en acta, quedando afecto los inmuebles para responder a la arrendataria si hubiere lugar a ello, de conformidad con el artículo 599 ordinal 7º del Código de Procedimiento Civil, y cumplida como fue la comisión Acordó devolverla al comitente, en original con sus resultas, y conforme a auto dictado por este Tribunal, la remitió constante de (-11-) folios útiles, junt.....