PRIMERO: DECRETA LA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA en contra del imputado JOSÉ OBANDO ANDERSSON ATENCIA. SEGUNDO: Se precalifica los hechos en por el delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 numeral 4 del Código Penal y APROPIACIÓN DE TARJETAS INTELIGENTES E INSTRUMENTOS ANÁLOGOS, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Especial Contra Delitos Informáticos. TERCERO: Se acuerda la tramitación de la presente causa conforme a las reglas del procedimiento ordinario, previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal debiendo remitirse la presente causa en su oportunidad legal a la Fiscalía Octava del Ministerio Público. CUARTO: Se impone al imputado JOSÉ OBANDO ANDERSSON ATENCIA, medidas menos gravosas, que para el caso particular consisten en: Caución personal de dos (2) personas con capacidad de ochenta (80) unidades tributarias, de reconocida solvencia moral y económica que cumplan con los requisitos exigidos en el artículos 2.....