PRIMERO: LA INCOMPETENCIA de este Tribunal para conocer en segunda instancia de la Apelación en el juicio de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoada por el ciudadano GREGORY DAVID HERNANDEZ ROJAS, contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha dieciocho (18) de Junio del 2010, de conformidad con la Resolución No. 2009-0006, proferida por el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Plena, de fecha 18 de Marzo de 2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152. Y ASÍ SE DECIDE. SEGUNDO: SE DECLINA la competencia al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial, del Estado Mérida, al cual corresponda por distribución siempre que transcurrido el lapso previsto en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, no se hubiere solicitado la regulación de la competencia Y ASÍ SE DECIDE. Remítase original del expediente al Tribunal Distribuidor .....