DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÈRIDA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO:CON LUGAR el Reconocimiento de Unión Concubinaria incoada por la ciudadanaRAMONA DEL CARMEN MENDOZA DE ARRELLANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.040.910, casada,debidamente representada por el abogado ORLANDO DUGARTE ROJAS, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 165.151, contra el ciudadano LUIS ENRIQUE DE LA SANTISIMA TRINIDAD ARRELLANO GAMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.001.731, de conformidad con lo establecido en el artículo 767 del Código Civil Venezolano en concordancia con los artículos 12 del Código de Procedimiento Civil, 77 Constitucional y acogiendo el criterio jurisprudencial de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justi.....