Este Tribunal luego de una minuciosa revisión de la observa que el imputado VICTOR MANUEL VANEGAS PEREZ, ha hecho sus presentaciones periódicamente, es por lo que el Tribunal AMPLIA EL LAPSO DE PRESENTACIÓN PERIÓDICA DE TREINTA (30) DÍAS A CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS, y en cuanto al imputado ALGEMIRO MANUEL LLORENTE LOPEZ AMPLIA EL LAPSO DE PRESENTACIÓN PERIÓDICA DE OCHO DIAS (08) DÍAS A TREINTA DIAS. Y asi se declara. TERCERO: En cuanto a los solicitud de la Fiscalia del Ministerio Publico que se Revoque la Medida Cautelar acordada al imputado ARNUBIO BAROHONA CORREA y en su defecto acuerde Orden de Aprehensión, el Tribunal procede a hacer los siguientes pronunciamientos: Observa el Tribunal que en fecha 30-09-2002, se le concedió la medida cautelar de caución juratoria al imputado ya mencionado, para lo cual se comprometió a cumplir con las obligaciones de A.- No ausentarse de la Jurisdicción del Tribunal, 2.- No acercarse a la victima. 3.- Presentarse cada 8 dias al Tribunal......