Según deción N° 63-12, este Tribunal decretó el sobreseimiento de la causa a favor de ANA DEL CARMEN MORA PAREDES, por la comisión del delito de HURTO SIMPLE, en perjuicio de MARIA DEL SOCORRO BELANDRIA; de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 48 Ordinal 8vo Ejusdem y Artículo 108 Ordinal 5° del Código Penal. Notifíquese a las partes, al Fiscal de Transición del Ministerio Público. Remítase en su oportunidad legal las actuaciones al Archivo Judicial del Estado Mérida. Cúmplase.