Este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS: PRIMERO. Se decreta la aprehensión en flagrancia del ciudadano RAMIRO CONTRERAS PEÑA, de 46 años de edad, venezolano, obrero, titular de la cédula de identidad V. 9.390.715, residenciado en La Pedregosa, sector Cerro Azul, casa Nº 14, Mucujepe, El Vigía estado Mérida; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en los artículos 4, 5, y articulo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana Maria del Carmen Contreras Chacón, de conformidad con el articulo 44 de la Constitución Nacional, en concordancia con el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal ( en lo adelante C.O.P.P); hecho ocurrido en fecha 17-12-06, según consta en acta.....