DECISION
En consecuencia por las consideraciones anteriormente hechas este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con el artículo 936 Ejusdem, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la causante MARIA OLIVA SUAREZ DE FABREGA, a los ciudadanos: ENRIQUE ARTURO FABREGA SUAREZ Y MARIA RAMONA FABREGA DE ZULOAGA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V.- 964.303 Y V.- 2.988.165 y civilmente hábiles,. Se deja a salvo los derechos a terceros de acuerdo a las previsiones de las disposiciones legales mencionadas.--------
Se ordena devolver las presentes actuaciones originales a la parte interesada, previa certificación de copias de la totalidad del expediente,.....